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Controles de Seguridad Portuaria en América, Orígenes.

Para entender algunos conceptos que se van a dar en este post y sus próximas actualizaciones, debemos conocer algunos organismos regionales e internacionales que rigen o de alguna manera influyen en las leyes que controlan la actividad marítima. En cuanto a América se refiere, el organismo más importante a tener en cuenta es la Organización de Naciones Americanas, mejor conocida por sus siglas, La OEA.

Tomamos de la Página web de la OEA la descripción de lo que es este organismo internacional:

La Organización de los Estados Americanos es el organismo regional más antiguo del mundo, cuyo origen se remonta a la Primera Conferencia Internacional Americana, celebrada en Washington, D.C., de octubre de 1889 a abril de 1890.  En esta reunión, se acordó crear la Unión Internacional de Repúblicas Americanas y se empezó a tejer una red de disposiciones e instituciones que llegaría a conocerse como “sistema interamericano”, el más antiguo sistema institucional internacional.
La OEA fue creada en 1948 cuando se subscribió, en Bogotá, Colombia, la Carta de la OEA que entró en vigencia en diciembre de 1951.  Posteriormente, la Carta fue enmendada por el Protocolo de Buenos Aires, suscrito en 1967, que entró en vigencia en febrero de 1970; por el Protocolo de Cartagena de Indias, suscrito en 1985, que entró en vigencia en noviembre de 1988; por elProtocolo de Managua, suscrito en 1993, que entró en vigencia en enero de 1996, y por el Protocolo de Washington, suscrito en 1992, que entró en vigor en septiembre de 1997.
La Organización fue fundada con el objetivo de lograr en sus Estados Miembros, como lo estipula el Artículo 1 de la Carta, "un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia".
Hoy en día, la OEA reúne a los 35 Estados independientes de las Américas y constituye el principal foro gubernamental político, jurídico y social del Hemisferio. Además, ha otorgado el estatus de Observador Permanente a 69 Estados, así como a la Unión Europea (UE).
Para lograr sus más importantes propósitos, la OEA se basa en sus principales pilares que son la democracia, los derechos humanos, la seguridad y el desarrollo.

De la misma página de la OEA tomamos el siguiente trabajo que describe detalladamente el porqué de los actuales controles internacionales en lo que al negocio marítimo se refiere:

RECIENTES REGULACIONES DE SEGURIDAD PORTUARIA 

ANTECEDENTES 

El cliché es cierto: el 11 de setiembre de 2001 el mundo cambió drásticamente. De esos infames ataques surgió un reconocimiento más agudo hacia el papel que debe desempeñar la seguridad en el mundo posterior al 11 de setiembre. Ello resulta especialmente válido en la industria del transporte marítimo internacional, la que representa aproximadamente el 80% del intercambio comercial mundial. La estabilidad de la economía global se basa en la industria del transporte marítimo, y a su vez, la estabilidad de esa industria depende fuertemente de la Seguridad Portuaria. Estos hechos se tornan particularmente evidentes en el hemisferio occidental, donde el tráfico y el transporte marítimo desempeñan un papel esencial en la prosperidad del desarrollo de las economías de los estados miembros de la CIP. Por lo tanto, el tema de la seguridad portuaria reviste una importancia extrema para los miembros de la OEA que llevan a cabo actividades marítimas.

Encabezado por los Estados Unidos, el movimiento orientado a la aplicación de medidas para la mejora de la seguridad portuaria ha adquirido impulso en las Américas durante los meses posteriores a los ataques de setiembre. Varios miembros de la OEA han adoptado (o se encuentran en vías de adoptar) nuevas normas y reglamentaciones destinadas a mejorar la seguridad en los puertos de sus respectivas naciones. Sin embargo, son las políticas de seguridad portuaria de los Estados Unidos, tanto vigentes como en proceso, las que causan mayor impacto que las de ningún otro estado miembro de la OEA sobre el comercio marítimo en las Américas.  Ello se debe a la intrincada relación económica que existe entre el mercado de consumo más grande del mundo y el resto del hemisferio occidental. Cuanto más fuertes sean los vínculos de un estado miembro de la OEA con los Estados Unidos, mayor será el grado en que dicho estado miembro se verá afectado por la legislación y las políticas estadounidenses de seguridad portuaria.

A nivel global, la Organización Marítima Internacional de las Naciones Unidas (OMI) se ha dedicado a promover en el plano mundial la adopción de normas y prácticas que tengan en consideración la protección del medio ambiente, a los efectos de garantizar la seguridad y eficiencia del tráfico y el transporte marítimos. En su calidad de foro de mayor importancia en materia de seguridad portuaria en las Naciones Unidas, las conclusiones y aportes de la OMI adquieren especial importancia para la armonización de todas las iniciativas sobre seguridad portuaria en todas partes del mundo.

El objetivo fundamental de este documento es promover el conocimiento hemisférico sobre las nuevas reglamentaciones, políticas, legislación y programas de los Estados Unidos sobre seguridad portuaria. También se analizarán las políticas, modelos de seguridad y actividades conexas que en materia de seguridad desarrolla la Organización Marítima Internacional. Esta información resulta sumamente valiosa para los estados del hemisferio occidental, puesto que les permitirá encarar con mayor eficacia su cumplimiento de la legislación estadounidense e internacional sobre seguridad portuaria.

DEPARTAMENTO DE ADUANAS DE LOS ESTADOS UNIDOS


El Departamento de Aduanas de los Estados Unidos (United States Customs Agency) es la división del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos directamente responsable por el contralor de las mercaderías que entran a los Estados Unidos. Como tal, no existe ningún otro organismo público en los Estados Unidos que ejerza mayor impacto sobre la industria del transporte marítimo. Solamente en el año 2001, el Departamento de Aduanas de los Estados Unidos procesó más de 25 millones de ingresos y más de 214.000 buques. Ello representa un valor ligeramente superior a 2.1 billones en mercaderías procesadas en los puertos de ese país en 2001. En términos de valor, más de la mitad de las mercaderías que ingresan a los Estados Unidos lo hacen por vía marítima.[1] 

A partir del 11 de setiembre de 2001, la atención del Departamento de Aduanas pasó de interceptar contrabando (drogas, mercaderías falsificadas, etc.), a la detección y prevención de amenazas terroristas (es decir, armas de destrucción masiva, presencia de polizones). En un esfuerzo por mejorar la detección de materiales y personas introducidas ilegalmente en contenedores marítimos, el Departamento de Aduanas de los Estados Unidos ha reforzado la presencia de agentes en los puertos de ese país, y ha adquirido equipos de detección nuevos y altamente sofisticados, tales como los dispositivos de rayos X y rayos gama. Sin embargo, la última y más innovadora medida destinada a la seguridad portuaria exige la participación activa de los gobiernos de los países exportadores y de las empresas privadas de transporte marítimo. Esta medida se basa en la prevención y se manifiesta bajo la forma de dos nuevos programas auspiciados por el Departamento de Aduanas de los Estados Unidos: la Iniciativa de Seguridad de Contenedores (Container Security Initiative) (CSI), y la Asociación Aduanero - Comercial contra el Terrorismo (Customs-Trade Partnership Against Terrorism) (C-TPAT).

LA INICIATIVA DE SEGURIDAD DE CONTENEDORES DE LOS ESTADOS UNIDOS (CSI):
La Iniciativa de Seguridad de Contenedores, o CSI, se lanzó oficialmente en enero de 2002. El programa CSI representa un agresivo intento por parte del Departamento de Aduanas de los Estados Unidos para mejorar sustancialmente la detección de armas de destrucción masiva transportadas por vía marítima. La CSI incluye la presencia de funcionarios aduaneros de los Estados Unidos en puertos extranjeros en todo el hemisferio occidental y en el mundo, a los efectos de posibilitar el contralor de contenedores de alto riesgo destinados a los Estados Unidos, incluso antes de que partan de sus puertos de origen en el extranjero. 

Los denominados “mega - puertos” manejan una gran proporción del comercio mundial, y constituyen el punto de embarque para la amplia mayoría de las mercaderías que se transportan hacia los Estados Unidos y el resto del mundo.  El objetivo inicial del Departamento de Aduanas era poner en marcha el programa CSI en los 20 mega – puertos más grandes del mundo.[2]  Sin embargo, y debido al alto grado de interés despertado por el programa, las autoridades aduaneras están actualmente elaborando una lista ampliada de puertos en los que se aplicará el programa CSI. En esta nueva lista se agregan 21 puertos nuevos a los 20 ya previstos. El objetivo establecido del programa CSI es “facilitar la detección de amenazas potenciales a la seguridad con la mayor rapidez posible."[3]  Con el fin de lograr esta meta, el programa se encuentra integrado por cuatro elementos básicos:

1-     Utilización de información computarizada para la identificación y procesamiento prioritario de contenedores de alto riesgo;
2-     Revisión preliminar de dichos contenedores, clasificados como de alto riesgo, antes de su llegada a puertos de los Estados Unidos;
3-     Utilización de tecnología de detección para una rápida revisión preliminar de los contenedores, y
4-     Utilización de contenedores más eficientes, a prueba de manipulaciones externas.

Existen exactamente 14 puertos en ocho países que han aceptado participar en el programa CSI. Los mismos se enumeran a continuación, conjuntamente con las fechas del año 2002 en que aceptaron participar en el programa:

Puertos de Halifax, Montreal y Vancouver, Canadá (marzo)
Puerto de Singapur (4 de junio)
Puerto de Rotterdam, Holanda (25 de junio)
Puerto de Amberes, Bélgica (26 de junio)
Puerto de Le Havre, Francia (28 de junio)
Puertos de  Bremerhaven y Hamburgo, Alemania  (1º de agosto)
Puerto de Hong Kong, China (23 de setiembre)
Puertos de Yokohama, Tokio, Kobe y Nagoya, Japón  (26 de setiembre)
Puertos de  La Spezia y Génova, Italia (7 de noviembre)

Además de los puertos ya mencionados, el 25 de octubre de 2002 China suscribió un acuerdo por el cual se comprometía a incorporar en forma gradual el programa CSI en otros puertos chinos. En el momento actual, el puerto de Rotterdam y los puertos canadienses de Halifax, Montreal y Vancouver son los únicos que han puesto en práctica el CSI. Según las autoridades aduaneras, el comienzo del programa en los 12 puertos restantes está programado para comenzar entre diciembre de 2002 y marzo de 2003.

Los equipos de inspección de la CSI están integrados por cuatro agentes del  Departamento de Aduanas de los Estados Unidos: dos inspectores, un agente de campo y un agente especial.  Estos agentes aplican un criterio especial para determinar cuáles de los contenedores marítimos destinados a los Estados Unidos presentan un grado elevado de riesgo a la seguridad portuaria, justificando así su inspección. En determinados casos, un país que participe en el programa CSI puede celebrar un acuerdo con los Estados Unidos para apostar sus propios equipos de inspección en puertos específicos de los Estados Unidos. Si bien originalmente el programa CSI no contemplaba este tipo de cooperación bilateral, las autoridades de los Estados Unidos sostienen que se encuentran abiertas a la posibilidad de intercambiar agentes aduaneros. Hay agentes del Departamento Aduanero y del Servicio Impositivo canadienses inspeccionando contenedores destinados a Canadá en Seattle y Newark/Nueva York, de la misma forma en que agentes japoneses comenzarán en breve a  ejercer un contralor sobre contenedores en California. El Comisionado de Aduanas de los Estados Unidos,  Robert Bonner, examina cada solicitud de intercambio de agentes en forma individual.

El programa CSI representa una enorme oportunidad para que los puertos de este hemisferio y del mundo mejoren significativamente la seguridad de los contenedores marítimos. Mediante una mayor cooperación en esta área, los puertos elevarán sustancialmente sus niveles de seguridad, al tiempo que brindarán a la industria del transporte marítimo condiciones de mayor estabilidad y fiabilidad.

ASOCIACION ADUANERO – COMERCIAL CONTRA EL TERRORISMO      (C-TPAT):

El programa C-TPAT promueve el establecimiento en el sector privado importador de niveles mínimos de seguridad, a cambio de la facilitación de la entrada de mercaderías a los Estados Unidos. El Departamento de Aduanas anunció el lanzamiento de este programa en abril de 2002 “en un esfuerzo por proteger la seguridad de la carga que entra a los Estados Unidos, y mejorar al mismo tiempo el flujo del intercambio comercial”. Este programa se encuentra abierto a todo tipo de empresas importadoras, ya sean terrestres, marítimas o aéreas. El importador debe firmar un acuerdo en el que se compromete a:

1-     Realizar una auto - evaluación de la seguridad en su cadena de suministros mediante el uso de las directrices C-TPAT;
2-     Responder  un cuestionario relativo a su cadena de suministros; 
3-     Desarrollar y aplicar un programa para el mejoramiento de la seguridad en la cadena de suministros de acuerdo con las directrices C-TPAT, y
4-     Dar los pasos necesarios para la aplicación de las directrices C-TPAT en sus relaciones con otras empresas.

Se considerará que la empresa de que se trate ha sido admitida al programa una vez que suscriba el acuerdo y complete, en un plazo de 60 días, el Cuestionario sobre el Perfil de Seguridad de la Cadena de Suministros (2). Este “cuestionario” en realidad no lo es tanto, sino más bien un informe detallado sobre las condiciones de seguridad existentes en la empresa. Se solicita a la empresa que en el informe analice su   situación actual en términos de seguridad y que, sobre la base de las recomendaciones C-TPAT (aire, tierra o mar), incluya información con respecto a los cambios que se introducirán para mejorar dicha seguridad.
A continuación se presenta un resumen de las recomendaciones C-TPAT para buques de carga:

Seguridad en el transporte: debe mantenerse la integridad del buque para protegerlo contra el ingreso de personas y materiales no autorizados. La seguridad en el transporte debe incluir el control físico de todas las áreas de fácil acceso, así como el cierre adecuado de compartimentos y paneles internos/externos.

 

Controles de acceso: debe prohibirse el acceso no autorizado al buque. Entre los controles debe incluirse la identificación positiva de todos los empleados, visitantes y distribuidores.

Procedimientos de seguridad: se deben aplicar procedimientos de protección contra el ingreso al buque de material no consignado en el manifiesto de carga. Los procedimientos de seguridad deben incluir la elaboración de listas completas, precisas y por adelantado de tripulantes y pasajeros. La carga y descarga de mercadería debe realizarse en forma segura.

Procedimientos para la elaboración de manifiestos:  los manifiestos deben ser completos, legibles, precisos y deberán presentarse en tiempo y forma de acuerdo a las reglamentaciones aduaneras.

Seguridad del personal: se deberán efectuar contralores de los trabajadores empleados, verificaciones de solicitudes de empleo, entrevistas con empleados potenciales y revisiones periódicas de antecedentes.

Formación y capacitación de alerta: deberá brindarse a los empleados un programa de concientización en materia de seguridad que incluya la detección de conspiraciones internas, el mantenimiento de la integridad de la carga y la identificación y tratamiento de accesos no autorizados.

Seguridad física: las instalaciones de la empresa de carga deben estar construidas con materiales que resistan un posible ingreso ilegal y la protejan contra intrusos externos, incluyendo vallados, iluminación y dispositivos de cerrajería adecuados.


El programa C-TPAT se creó para facilitar la cooperación en materia de seguridad entre los importadores y el gobierno de los Estados Unidos. El Departamento de Aduanas tiene conciencia de los intereses económicos de los importadores, y por tal motivo señala que las recomendaciones C-TPAT no son más que eso, recomendaciones. Al aplicar el programa, se insta a cada empresa a examinar en forma subjetiva sus necesidades y posibilidades específicas de seguridad.  Entre los beneficios que brinda el programa C-TPAT se incluyen:

-         Un programa contable especializado en asuntos aduaneros para facilitar a cada empresa el proceso de importación.
-         La participación en seminarios y cursos informativos auspiciados por el Departamento de Aduanas.
-         Un menor nivel de revisión de la mercadería.

El programa C-TPAT funciona en forma paralela a la CSI y otros programas conexos del Departamento de Aduanas de los Estados Unidos, incluyendo el Programa de Iniciativas para Buques de Carga, el Programa de Iniciativas para Super Cargueros (SCIP) y la Coalición Empresarial contra el Contrabando (BASC).  Si bien la participación de un importador en el programa C-TPAT en forma alguna garantiza una “luz verde” del Departamento de Aduanas en los puertos de los Estados Unidos, los embarques de una empresa que participe en el programa seguramente estarán sujetos a un menor escrutinio. El programa C-TPAT se enorgullece de contar actualmente entre sus participantes a más de 800 empresas importadoras terrestres, aéreas y marítimas.

NUEVAS REGLAMENTACIONES SOBRE MANIFIESTOS:
A partir del 1º de enero de 2003, “se exigirá a todos los transportadores marítimos que presenten sus manifiestos de carga 24 horas antes de cargar en puertos extranjeros la mercadería destinada a los Estados Unidos”. Estas nuevas reglamentaciones fueron anunciadas el 30 de octubre de 2002 por el Comisionado de Aduanas de los Estados Unidos, Robert C. Bonner.  Esta nueva exigencia se encontraba en proceso desde agosto del año en curso, cuando el Departamento de Aduanas la presentó a la industria para recibir los correspondientes comentarios. De acuerdo a las preocupaciones y observaciones manifestadas por las empresas de carga, esta norma fue modificada eximiendo de su cumplimiento a los buques que transporten carga a granel.
       
LEGISLACION EN LOS ESTADOS UNIDOS:
"LEY DE 2002 SOBRE ANTITERRORISMO EN EL
TRANSPORTE MARITIMO”

Ya con anterioridad a los ataques del 11 de septiembre, el Congreso Federal de los Estados Unidos tenía interés en aprobar un proyecto de ley nuevo y amplio en materia de seguridad portuaria. La “Ley de 2002 sobre Antiterrorismo en el Transporte Marítimo” (S.1214), se presentó originalmente al Senado en julio de 2001, como “una modificación a la Ley de Marina Mercante de 1936”, con el propósito de establecer un programa que garantizara una mayor seguridad en los puertos marítimos de los Estados Unidos y para otros fines”[4].  Luego de más de un año de debate parlamentario y compromisos financieros, el Congreso de los Estados Unidos aprobó el proyecto de ley (14 de noviembre de 2002), que se encuentra a la firma del Presidente para transformarse en ley antes de fin de año.

Este proyecto de ley está formado por cinco secciones o títulos principales: I- Seguridad en el Transporte Marítimo; II- Mejoras en la Política sobre Transporte Marítimo; III- Seguridad del Personal del Servicio de  Guardacostas y Marino;  IV- Mejoras Marítimas de Tipo General, y V- Autorización de Confiscaciones por parte de Guardacostas. Si bien la brevedad del título oficial del proyecto de ley sugiere algo diferente, la parte sustancial de la legislación se refiere a temas administrativos y de política del Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos que habitualmente no guardan relación con las medidas antiterroristas aplicadas al sector marítimo.  El Título I es la sección del proyecto de ley que contempla una mayor seguridad portuaria. De las ocho secciones incluidas en el Título I (101-108), la sección 101 modifica la legislación federal, contemplado la adopción de nuevas acciones federales para frustrar la posibilidad de un ataque terrorista desde el mar. Estas disposiciones representarán un impacto significativo sobre aquellos puertos extranjeros en los que hacen escala buques en ruta hacia los Estados Unidos. 

EVALUACION DE PUERTOS EXTRANJEROS POR PARTE DE LOS ESTADOS UNIDOS:
El proyecto de ley establece que el Secretario del Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT), en consulta con distintos organismos públicos, gobiernos extranjeros y operadores marítimos, lleve a cabo evaluaciones sobre la vulnerabilidad frente al terrorismo de aquellos puertos extranjeros desde donde parten buques hacia los Estados Unidos. El Secretario también puede evaluar las condiciones de cualquier otro puerto extranjero que en su opinión pueda plantear una seria amenaza terrorista. Esta evaluación de puertos extranjeros incluye el estudio de las áreas siguientes:

1-     Contralor de carga y equipaje en contenedores;
2-     Medidas de seguridad para restringir el acceso a los buques, a la carga y a las zonas de muelles;
3-     Seguridad a bordo;
4-     Autorización/certificación de cumplimiento de normas de seguridad;
5-     Programas de gestión en materia de seguridad, y
6-     Otras medidas apropiadas para impedir actos de terrorismo contra los Estados Unidos.

En caso de que la evaluación revele que un puerto extranjero no cuenta con medidas antiterroristas eficaces, el Secretario notificará a dicho puerto sobre sus conclusiones, y recomendará la adopción de los pasos necesarios para mejorar la situación. El puerto extranjero contará con un plazo de 90 días para modificar su plan de seguridad. Si transcurrido ese período, el puerto aún se considera un riesgo, el gobierno de los Estados Unidos podrá:

Reglamentar las condiciones de ingreso a los Estados Unidos de todo buque procedente de dicho puerto, o de todo buque que transporte carga originaria o transbordada en el mismo, y negar el ingreso a los Estados Unidos de todo buque que no cumpla con dichas condiciones.[5]

El proyecto de ley no especifica un cronograma para la evaluación de puertos extranjeros, ni es explícito sobre la forma de realizar tal evaluación. Los funcionarios de la oficina del Senador Fritz Hollings (principal promotor del proyecto de ley) señalan que dichos términos serán determinados por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT), y se entiende que en varios casos el DOT aceptará las evaluaciones nuevas o ya existentes en un determinado puerto.

OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD:
Entre las demás disposiciones antiterroristas que contempla el proyecto de ley se incluyen las siguientes:

-        Los operadores de buques comerciales deben presentar los manifiestos de pasajeros y tripulación con anterioridad a su ingreso a los Estados Unidos;
-        Los buques comerciales deben notificar al Servicio de Guardacostas a más tardar 96 horas antes de su ingreso a aguas de los Estados Unidos, y presentar los correspondientes manifiestos de carga;
-        La jurisdicción del Servicio de Guardacostas se amplía de 6 a 12 millas, y
-        El Servicio de Guardacostas utilizará un número mayor de “comisarios marítimos” e inspecciones en el mar. 

 


ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL


La Organización Marítima Internacional de las Naciones Unidas (OMI) fue creada en 1958. Su objetivo es “proporcionar dispositivos de cooperación entre gobiernos en el campo de la reglamentación y de las prácticas oficiales relativas a aspectos técnicos de todo tipo que afecten el tráfico marítimo que participa en el comercio internacional, así como alentar y facilitar la adopción general de las mejores normas prácticas en asuntos relativos a la seguridad marítima, la eficiencia de la navegación y la prevención y control de la contaminación marina ocasionada por los buques”[6]La OMI cuenta con 162 miembros, entre los que se incluyen todos los estados miembros de la OEA. Está integrada por una Asamblea, un Consejo y cuatro Comités: el Comité de Seguridad Marítima (CSM), el Comité de Protección del Medio Marino (CPMM), el Comité de Cooperación Técnica y el Comité de Facilitación.  También cuenta con varios subcomités. La Asamblea es el órgano superior de la Organización, integrada por todos los Estados Miembros, y se reúne cada dos años. El Consejo es el órgano ejecutivo de la Organización. Los miembros de la Asamblea son elegidos por períodos de dos años. 

El Comité de Seguridad Marítima (CSM) es el órgano que nos ocupa. Constituye el órgano de mayor nivel técnico de la OMI y está integrado por todos los estados miembros. Su función es “considerar cualquier asunto dentro del ámbito de la Organización relativo a ayudas a la navegación, construcción y equipamiento de buques, su manejo desde el punto de vista de la seguridad, normas para la prevención de colisiones, manipulación de mercaderías peligrosas, procedimientos y exigencias de seguridad marítima, información hidrográfica,  bitácoras y registros de navegación, investigaciones sobre pérdida de vidas humanas en el mar, salvamento y rescate y cualquier otro asunto que afecte directamente la seguridad marítima.”[7]  Los aportes del CSM en el plano de la seguridad marítima incluyen una intensa tarea realizada en el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), así como progresos logrados en el campo de las ayudas a la navegación,  transporte de sustancias peligrosas y procedimientos y requisitos de seguridad en alta mar, entre otras. Sin embargo, a partir del 11 de septiembre, el ámbito de las actividades del CSM se ha ampliado considerablemente, incluyendo el apremiante aspecto de la seguridad portuaria.

Durante la XXII Asamblea de la OMI, celebrada en noviembre de 2001, la Organización adoptó una resolución en la que convocaba a “una revisión de la s medidas internacionales legales y técnicas vigentes para prevenir y eliminar actos de terrorismo contra buques en el mar y en puerto, y mejorar la seguridad a bordo y en tierra.”[8]  La Asamblea acordó celebrar una Conferencia especial sobre Seguridad Marítima en diciembre de 2002 para lograr ese objetivo. Esta Conferencia Especial se celebrará en forma paralela al período de sesiones ordinarias del CSM. Se han creado grupos de trabajo especiales para elaborar las propuestas a presentarse en la Conferencia sobre Seguridad. Dichas propuestas hacen referencia a nuevas enmiendas al Capítulo XI del Convenio SOLAS, “Medidas Especiales para Mejorar la Seguridad Marítima”, y al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para Gente de Mar (STCW).

COMITÉ DE SEGURIDAD MARITIMA:
El primero de estos grupos de trabajo que se reunió después del 11 de septiembre, lo hizo en febrero de 2002. El Grupo de Trabajo entre Períodos de Sesiones sobre Seguridad Marítima (ISWG) sometió las siguientes consideraciones a la Conferencia Diplomática sobre Seguridad Marítima (9-13 de diciembre de 2002):

-Un programa para acelerar la aplicación de los Sistemas de Identificación Automática en los buques de carga ya existentes
 Para todos los buques de 500 toneladas brutas y más, en travesías internacionales. La legislación actual exige que todos los buques construidos a partir del 1º de julio de 2002 cuenten con el Sistema de Identificación Automática.         

-Enmiendas al capítulo XI del Convenio SOLAS, incluyendo la propuesta de nuevo

 Código Internacional para la Seguridad de Buques e Instalaciones Portuarias

 Contendrá definiciones y requisitos para buques y puertos fundamentados en un proyecto de Código Internacional para la Seguridad de Buques e Instalaciones Portuarias.

-Propuesta de nuevos requisitos para los planes de seguridad del buque, el Oficial de
  Seguridad del Buque y el Encargado de Seguridad de la Empresa
  Disponer la presencia obligatoria de autoridades responsables por la seguridad, y la
  disponibilidad de planes de seguridad para todos los buques de 500 toneladas brutas y
  más.

-Propuesta de nuevos requisitos para Oficiales de Seguridad Portuaria, planes para la
  seguridad de instalaciones portuarias y evaluación de la vulnerabilidad portuaria
 Se propone el establecimiento de medidas de seguridad más estrictas en los muelles.

-Acción urgente con respecto a la modificación del documento de identificación de la
 OIT para gente de mar 
 Acción destinada a mejorar la identificación de los miembros de la OIT, que se espera adopte la Organización Internacional del Trabajo en junio de 2003.

-La conveniencia de la transparencia en la propiedad y control del buque
  Necesidad de publicar la información relativa a la carga y la tripulación del buque.

-Brindar a la gente de mar la posibilidad de activar una alarma en caso de un secuestro
  terrorista
 Se encomendó la investigación de este tema a tres subcomités de la OMI.
-Inspección de contenedores y otras unidades de transporte de carga 
 Se recomienda la formalización del acuerdo de la Organización Aduanera Mundial
 (OAM).
-Equipos de seguridad marítima para prevenir el abordaje no autorizado en puerto y en el
  mar
  Basados en la evaluación del riesgo.
-Generación de cooperación y capacidad técnica en materia de seguridad marítima
Mediante este ambicioso objetivo, se intenta establecer una infraestructura internacional  para compartir información y tecnología específicas destinadas a la protección contra el terrorismo. El programa ya ha sido adoptado por la División de Cooperación Técnica de la OMI e incluye, entre otras actividades:

            • La elaboración de los lineamientos básicos de un taller de capacitación
            • Desarrollo de planes y manuales de aprendizaje
            • Talleres sub-regionales
            • Talleres nacionales
            • Becas/pasantías

La OMI cuenta con aportes de fuentes privadas y públicas para el desarrollo de este amplio programa, que tiene además el propósito de asistir a los estados miembros en el proceso de adaptación a las nuevas normas de seguridad establecidas en la 75ª Asamblea del CSM. 
      
-Metas a largo plazo
Incluye la revisión de los tratados SUA, que en gran parte se refieren a las consecuencias legales de los actos terroristas; revisión de recomendaciones portuarias, y revisión de las Directrices OMI/OIT/ONU ECE para el Embalaje de Unidades de Transporte de Carga (CTU).

Progresos continuos:
Las propuestas antes mencionadas fueron ampliadas en mayor detalle y autorizadas durante el 75º período de sesiones del CSM (15-24 de mayo de 2002). Se prestó especial atención a la propuesta para la adopción de un “Código Internacional para la Seguridad de Buques e Instalaciones Portuarias”. Asimismo, y debido a la magnitud de esta tarea, se acordó que el CSM crearía un Grupo de Trabajo entre Períodos de Sesiones a los efectos de elaborar estos temas en mayor detalle para su presentación a la Conferencia Diplomática sobre Seguridad.

Los preparativos finales para la Conferencia Diplomática sobre Seguridad se llevaron a cabo durante la reunión del Grupo de Trabajo entre Períodos de Sesiones que se celebró del 9 al 13 de septiembre del año en curso. Se reunieron expertos marítimos de renombre internacional para analizar los nuevos objetivos de la OMI en materia de seguridad portuaria. El único objetivo de este grupo de trabajo consistió en adelantar los preparativos para la adopción del Código Internacional para la Seguridad de Buques e Instalaciones Portuarias.

CODIGO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE BUQUES E INSTALACIONES PORTUARIAS:
La propuesta de la OMI sobre un Código Internacional para la Seguridad de Buques e Instalaciones Portuarias se presentará durante la Conferencia de Seguridad a celebrarse el próximo mes de diciembre.  El Código estará formado por dos partes principales: "A" y "B".  En forma tentativa, la Parte "A" de este documento tendría naturaleza obligatoria, mediante enmiendas introducidas en el Convenio SOLAS. La Parte “B” serviría como guía de recomendaciones. Los objetivos del Código son “establecer un marco de trabajo internacional que incluya la cooperación entre los gobiernos contratantes, las instituciones gubernamentales, las administraciones locales y las industrias marítima y portuaria, con el fin de detectar amenazas a la seguridad y adoptar medidas preventivas contra los incidentes de seguridad que afecten a los buques o las instalaciones portuarias utilizadas en el comercio internacional."[9]  El Convenio SOLAS actualmente regula más del 98% de la industria de transporte marítimo internacional.

El Código intenta establecer un enfoque sistemático de la seguridad portuaria y de buques sobre la base de una evaluación correcta de las amenazas específicas a la seguridad correspondientes a cada puerto y buque. Se espera que los puertos y los buques lleven a cabo una amplia evaluación y posterior clasificación de su situación de acuerdo a niveles de seguridad 1, 2 o 3.  Estos niveles corresponden respectivamente a una presencia de un riesgo bajo, medio y alto. Cada nivel de seguridad implica la adopción de medidas de seguridad específicas. Además, se exigirá a los puertos y buques que empleen un número específico de oficiales de seguridad. Estas nuevas e innovadoras disposiciones de seguridad se someterán a la aprobación de la Conferencia Diplomática sobre Seguridad.

 


[1]Según estadísticas publicadas en la página Web del Departamento de Aduanas de los Estados Unidos (www.customs.ustreas.gov)
[2] Los 20 mega-puertos oficialmente identificados por el Departamento de Aduanas de los Estados Unidos: 1) Hong Kong; 2) Shanghai, China; 3) Singapur; 4) Kaohsiung, China; 5) Rotterdam, Holanda; 6) Pusan, República de Corea; 7) Bremerhaven, Alemania; 8) Tokio, Japón; 9) Génova, Italia
10) Yantian, China; 11) Amberes, Bélgica; 12) Nagoya, Japón; 13) Le Havre, Francia; 14) Hamburgo, Alemania; 15) La Spezia, Italia; 16) Felixstowe, Reino Unido; 17) Algeciras, España; 18) Kobe, Japón; 19) Yokohama, Japón; 20) Laem Chabang, Tailandia;
[3] Página Web del Departamento de Aduanas de los Estados Unidos.
[4] Página Web oficial de Proyectos de Ley del Senado (http://thomas.loc.gov/cgi-bin/bdquery/z?d107:s.01214:).
[5] Texto oficial, “Ley Antiterrorista Marítima de 2002 (S.1214)"- Título  I, Sec. 101 [70110 (a)]
[6] Página Web de la OMI (www.imo.org). 
[7] Op. Cit.
[8] Op. Cit.
[9] Op. Cit.



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El Callsign, conocido en español como el distintivo de llamada es un código alfanumérico único el cual es adjudicado a un buque del mismo modo que las matrículas de un vehículo. Gracias a este distintivo de llamada o callsign podemos diferenciar dos barcos que tengan el mismo nombre. Lo normal es que el callsign sea utilizado para contactos de voz o mediante VHF. Los callsign son asignados por las autoridades competentes en el país que abandera el buque, esto es el país de registro de la nave y será incluido en las bases de datos de rigor con la información del barco, de la compañía propietaria de la nave, los operadores cuando fuese el caso etc. Podemos ver que esta información forma parte vital en los registros de buques relevantes que se encuentran en internet, páginas como Inmarsat, Vesseltracker, vessefinder y otras las registran en sus sitios web. Por ejemplo, queremos identificar si un buque llamado Venus que viene a el muelle en el cual estamos operando es un antiguo c

Ship Chandler o Proveedor de Buques - Concepto descriptivo

Un Ship Chandler (o proveedor de buques) es una persona que trabaja exclusivamente en el abastecimiento de las requisiciones de buques en determinadas áreas portuarias o de fondeo de este tipo de naves. En otras palabras, al igual que un comerciante suministra alimentos a los hogares, un proveedor de barcos suministra los productos esencialmente necesarios a un barco y su tripulación. El trabajo de estos proveedores es único porque se dedica específicamente a una línea de negocio muy exclusiva permitiendo así una completa dedicación cliente – vendedor. Debido a esta exclusividad y la naturaleza de la profesión, ésta es considerada de alta estima en el ambiente marítimo. Al negociar directamente con un buque, la tripulación puede evitar a los intermediarios  en una transacción comercial y así ahorrar mucho tiempo y dinero que podría utilizarse en otras áreas productivas. ¿Cuál sería la alternativa en ausencia de un proveedor de buques? El problema radica en que hay un montón de

Identificación y Búsqueda de un Buque en las páginas especializadas. Número IMO

Detectar la posición de un buque es de vital importancia para los trabajadores portuarios. Es por ello que debemos conocer todos los detalles posibles del   que nos interesa, para ello vamos a presentar a continuación un estudio detallado de las diferentes señales identificadoras de un barco.   Número IMO. (Por su siglas en ingles) La Organización Marítima Internacional – ( http://www.imo.org ). Es el organismo especializado bajo la tutela de las Naciones Unidas (UN por sus siglas en Ingles) encargado de la seguridad y protección en la navegación comercial a nivel internacional y de la prevención de contaminación del mar causada por los diferentes buques la flota naviera mundial. Sus funciones principales son las de establecer normas para la seguridad, protección y comportamiento ambiental que ha de observarse en el transporte marítimo global, básicamente su función es   establecer el marco normativo que haga que el transporte marítimo sea justo   eficaz, y la aplicaci